Declaración Mundial Mujeres en el Gobierno Local
Preámbulo
1. El Comité Ejecutivo Mundial de la Unión Internacional
de Autoridades Locales (IULA), la Asociación Mundial de Gobiernos
Locales, reunido en Harare, Zimbabwe, en noviembre de 1998;
2. Recordando la Declaración Mundial de Autonomía Local,
adoptada en el Trigésimo Primer Congreso Mundial de IULA en Toronto,
en 1993;
.3. Recordando la Convención sobre la Eliminación de Todas
las Formas de Discriminación en Contra de la Mujer (CEDAW) y la
Declaración de las Naciones Unidas sobre la Mujer y la Plataforma
de Acción adoptadas en Beijing en 1995, y en particular, el principio
reconocido en el Artículo 344 de esta última, que establece
que las organizaciones internacionales, como IULA, juegan un papel importante
en la implementación de la Plataforma de Acción de las Naciones
Unidas;
4. Reconociendo que son múltiples las razones por las cuales las
mujeres no son representadas en forma igualitaria, que las mujeres y los
hombres en el mundo viven en condiciones diferentes, y que las mujeres
no tienen las mismas oportunidades que los hombres para acceder y controlar
recursos económicos y políticos;
5. Considerando que el gobierno local, como parte integral de la estructura
nacional de gobierno, es el ámbito más cercano a los ciudadanos
y ciudadanas y que por ello disfruta de una posición ideal para
involucrar a las mujeres tanto en la toma de decisiones que conciernen
a sus condiciones de vida, como para aprovechar sus conocimientos y capacidades
en la promoción de un desarrollo sustentable;
6. Subrayando que la misión de IULA no puede realizarse sin la
integración, equitativa y sistemática, de las mujeres en
la toma de decisiones democráticas en el ámbito local, y
que la democracia no puede ser alcanzada sin una representación,
participación e inclusión adecuada de las mujeres en el
proceso de gobernabilidad local.
NOSOTROS, MIEMBROS DE IULA, REPRESENTANDO A LOS GOBIERNOS LOCALES DEL
MUNDO, CREEMOS FIRMEMENTE QUE:
7. La autonomía democrática local juega un papel esencial
para asegurar la justicia social, económica y política para
todos los ciudadanos y ciudadanas de cada comunidad del mundo, y que todos
los miembros de la sociedad, tanto mujeres como hombres, deben ser incluidos
en el proceso de gobernabilidad.
8. Mujeres y hombres, en su calidad de ciudadanos y ciudadanas de una
comunidad, tienen los mismos derechos humanos, obligaciones y oportunidades,
así como el mismo derecho a ejercitarlos. El derecho a votar, a
ser elegido y a ejercer un cargo público a todos los niveles, son
derechos humanos aplicables equitativamente a hombres y mujeres.
9. Los problemas y desafíos a los que se enfrenta la humanidad
son globales, pero transcurren y deben ser tratados en el ámbito
local. Las mujeres tienen igual derecho a superar la pobreza, la discriminación,
la inseguridad y el deterioro ambiental. Para combatir estos problemas
y superar los desafíos del desarrollo sustentable, es fundamental
que se dote a las mujeres de competencias y que participen en el gobierno
local como tomadoras de decisiones, planificadoras y gestoras;
10. El gobierno local se encuentra en una posición excepcional
para contribuir en la lucha global por la igualdad de género y
para llegar a tener un gran impacto en la situación de las mujeres
y en el status quo de la igualdad de género en el mundo en su capacidad
de ámbito de gobierno más cercano a los ciudadanos y ciudadanas
y como proveedor y facilitador de servicios y empleo.
11. La integración sistemática de las mujeres vigoriza
los cimientos democráticos, la eficiencia y la calidad de las actividades
de los gobiernos locales. Para que los gobiernos locales puedan satisfacer
las necesidades de las mujeres y de los hombres, deben basarse en las
experiencias de ambos géneros, a través de una representación
equiparable en todos los niveles de decisión, abarcando el amplio
espectro de responsabilidades de los gobiernos locales;
12. Con el fin de crear gobiernos locales sustentables, igualitarios
y democráticos, en donde mujeres y hombres puedan participar en
forma equitativa en la toma de decisiones, y para que tengan acceso equiparable
a los servicios, y reciban igual trato en éstos, la perspectiva
de género debe ser integrada transversalmente en todos los sectores
de definición de políticas y de gestión de los gobiernos
locales.
El Gobierno Local Como Proveedor de Servicios y de Condiciones de Vida
Aceptables
13. Las mujeres tienen el mismo derecho que los hombres de acceder a
los servicios de los gobiernos locales, así como el derecho de
ser tratadas con igualdad y de poder influir en el inicio, desarrollo,
gestión y seguimiento de dichos servicios. Al prestar servicios
como educación, salud y otros servicios sociales, los gobiernos
locales deberán considerar igualmente a las mujeres y a los hombres
como responsables de las cuestiones relativas a la familia y a la vida
pública, y deberán evitar los estereotipos de las mujeres
y de los hombres;
14. .Las mujeres tienen derecho equitativo a condiciones de vida aceptables
incluyendo vivienda, distribución de agua y servicios sanitarios
así como transporte público asequible . Las necesidades
y condiciones de vida de las mujeres deben ser conocidas y tomadas en
cuenta en cada momento de la planificación;
15. Las mujeres tienen el mismo derecho que los hombres a acceder al
territorio y espacio geográfico de los gobiernos locales, yendo
esto desde la posesión de terreno al derecho a desplazarse libremente
y sin temor, en los espacios públicos y en el transporte;
16. Los gobiernos locales han de jugar un papel importante en asegurar
los derechos reproductivos de las mujeres, así como su derecho
a ser libres de violencia doméstica y otras formas de abuso y de
violencia tanto físicas como psíquicas.
El gobierno local como generador de empleo y jugando un papel clave
en la comunidad local
17. Las mujeres tienen igual derecho al trabajo en los gobiernos locales
así como el derecho a la igualdad de trato en los procedimientos
de selección de empleo. Siendo empleados de los gobiernos locales,
tanto las mujeres como los hombres tienen derecho al mismo salario, a
los mismos beneficios, promoción y capacitación así
como el derecho de trabajar bajo las mismas condiciones y de recibir la
misma evaluación del trabajo;
18. El doble trabajo que realizan las mujeres—pagado y no pagado—es
una de las barreras que les impide participar de los procesos de decisión.
Los gobiernos locales juegan un importante papel en la provisión
de servicios accesibles, profesionales y seguros para los niños,
las personas de la tercera edad, y para los incapacitados, bien directamente
o en conjunto con el sector privado o de voluntarios. Asimismo, juega
un importante papel fomentando que se compartan las tareas domésticas
equitativamente entre los hombres y las mujeres. Las mujeres y los hombres
son responsables de sus hijos y de otros miembros de la familia. Los hombres
tienen el mismo derecho y responsabilidad sobre el cuidado de sus hijos
y familia, y deberán ser incentivados en este respecto;
NOSOTROS LOS MIEMBROS DE IULA, REPRESENTANDO A LOS GOBIERNOS LOCALES
DEL MUNDO, NOS COMPROMETEMOS A:
19. Asegurar que las condiciones dentro de nuestros gobiernos locales
y asociaciones permitan que nuestros principios, mencionados en este documento,
sean realizados;
20. Aumentar nuestros esfuerzos para igualar la cantidad de mujeres y
hombres en los órganos de decisión en todos los campos y
asegurar la participación cualitativa de las mujeres en todos los
concejos, comités y otras agrupaciones relacionadas con la toma
de decisiones en los gobiernos locales.
21. Aplicar el principio de transversabilidad a través de la integración
de la perspectiva de género en todas las políticas, programas
y servicios de los gobiernos locales y de sus asociaciones representativas
en el ámbito nacional, regional e internacional, y desarrollar
metodologías para monitorear y medir el trabajo transversal de
género.
22. Buscar nuevas formas para asegurar que las mujeres estén representadas
y que participen activamente, tanto formal como informalmente, en el proceso
de administración local;
23. Fortalecer la cooperación internacional y nacional entre los
gobiernos locales, con el apoyo de asociaciones nacionales, regionales
e internacionales de gobiernos locales, a fin de fomentar el intercambio
de experiencias, así como identificar y desarrollar métodos,
políticas y estrategias que ayuden a eliminar las barreras a la
participación de las mujeres en la toma de decisiones locales;
24. Delinear, implementar y supervisar los planes de acción para
promover la igualdad de oportunidades laborales en el campo municipal,
incluyendo la igualdad de trato en los procesos de selección, promoción,
remuneración, así como igualdad en las condiciones de trabajo;
25. Trabajar activamente con el objetivo de lograr cambios de actitud
con respecto a los temas de género mediante de una concientización
en los sistemas educativos y en las estructuras políticas y administrativas
de los gobiernos locales;
26. Trabajar activamente con otros actores de la sociedad, incluyendo
las organizaciones que tratan temas de género, el sector privado,
organizaciones no gubernamentales, agrupaciones profesionales, organizaciones
de mujeres, institutos de investigación y sindicatos, para alcanzar
los objetivos de esta declaración;
CONVOCAMOS A LOS ESTADOS A:
27. Reconocer que los gobiernos locales juegan un papel clave en el desarrollo
de la democracia sustentable y de sociedades con igualdad de género
y como consecuencia apelamos a que concedan a los gobiernos locales la
autonomía constitucional, legal y financiera que les permita cumplir
con sus responsabilidades democráticas;
28. Apoyar, incentivar y crear oportunidades y recursos para que los
gobiernos locales trabajen y promuevan la igualdad de género;
29. Reconocer a las asociaciones nacionales de gobiernos locales como
aliadas importantes en el desarrollo, promoción y apoyo de la igualdad
de género en el ámbito local y en el intercambio de experiencias
en el ámbito internacional, nacional y local;
30. Trabajar con asociaciones de gobiernos locales y sus miembros para
implementar la Plataforma de Acción de Beijing y la Convención
sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
en Contra de la Mujer (CEDAW);
31. Garantizar y velar el derecho de las mujeres de poseer competencias
legales idénticas a las de los hombres y las mismas oportunidades
a ejercitarlas asegurando la igualdad y la no-discriminación ante
la ley y en la práctica;
32. Garantizar y velar los mismos derechos a las mujeres de participar
en el sistema democrático asegurando su derecho a voto, a ser elegibles
en las elecciones, y a ocupar cargos públicos;
33. Desarrollar e incrementar el conocimiento en el campo de género
asegurando que la recopilación de datos estadísticos sobre
individuos sean desagregados y analizados desde la perspectiva de género,
y proporcionar los recursos necesarios para realizar investigaciones en
el ámbito académico con perspectiva de género, que
pueda ser utilizado para el desarrollo de la igualdad del género
en los gobiernos locales;
CONVOCAMOS A LA COMUNIDAD INTERNACIONAL A:
34. Implementar la Plataforma de Acción de Beijing, la Convención
sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
en Contra de la Mujer (CEDAW) y esta declaración;
35. .Reconocer el nivel local como el ámbito del gobierno más
cercano a los ciudadanos y ciudadanas con un papel de gran importancia
en el alcance de los objetivos de equidad de género acordados por
los Gobiernos Nacionales a través de las Naciones Unidas, y por
ello;
36. Trabajar con los gobiernos locales y sus instituciones en todos los
niveles para promover la participación equitativa de mujeres y
hombres en la toma de decisiones en todas sus formas, tanto formales como
informales;
37. Apoyar programas iniciados por los gobiernos locales y sus asociaciones
que tengan como objetivo incrementar la representación de las mujeres
en ellos y en funciones de liderazgo en el ámbito local.
Declaración
de Quito
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