Las mujeres que no participan o han
dejado de participar en las hostilidades
están protegidas contra los efectos de
los combates y contra los tratos abu-
sivos. Las mujeres tienen derecho a un
trato humano y al respeto de su vida e
integridad física. Está prohibido que las
partes en las hostilidades inflijan malos
tratos a las mujeres, las torturen o
cometan actos de violencia en su con-
tra. Están especialmente protegidas
contra todo atentado a su honor y en
particular contra la violación, la prosti-
tución forzada y cualquier otra forma
de atentado al pudor. Dichos actos
están prohibidos (Véase IV Convenio
de Ginebra, artículo 27(2) y Protocolo
adicional I, artículos 75 y 76).
· La protección especial de las
mujeres también se refiere a
las condiciones de detención
o de internamiento. Por ejem-
plo, los dormitorios y los
locales de aseo deben estar
separados de los reservados a
los hombres detenidos o
internados. En el derecho
internacional humanitario
también se reconocen las
necesidades de las mujeres
encintas o lactantes, sean
combatientes detenidas sean
personas civiles, y se estipula su
protección.
·Los Tribunales Penales Internacionales
para ex Yugoslavia y Ruanda son una
importante consecuencia de la deter-
minación de mecanismos más eficaces
para aplicar el derecho internacional
humanitario. Por ejemplo, el hecho de
que se entablen diligencias penales por
violaciones y otras formas de violencia
sexual como crímenes de guerra es un
paso importante en la lucha contra la
impunidad.
· Decir eso no significa negar que las
mujeres hacen frente a terribles dificul-
tades en situaciones de conflicto arma-
do o tienen necesidades y vulnerabili-
dades específicas. Todo lo contrario, es
reconocer que la cabal aplicación del
derecho humanitario en relación tanto
de combatientes como de no comba-
tientes, hombres o mujeres, permitiría
también mejorar la suerte que corren
las mujeres.
· Es importante esclarecer la noción de
que las mujeres son " vulnerables" y
"víctimas". Las mujeres actúan como
dirigentes políticos o líderes comuni-
tarios, colaboran en las operaciones de
asistencia en favor de sus comu-
nidades, y luchan como activistas en
favor de la reconstrucción, la reconci-
liación y la paz. También participan
activamente en las contiendas como
combatientes o elementos de apoyo de
las fuerzas armadas. Las mujeres no
son necesariamente vulnerables o vícti-
mas, aunque la especial vulnerabilidad
de muchas mujeres se debe a la guerra.
Uno de los mayores desafíos para la
comunidad humanitaria es mejorar la
suerte que corren las mujeres, las
cuales deberían recibir más apoyo, pro-
tección y asistencia cuando hacen
frente a la guerra.
Conclusiones
Las torturas y los malos tratos a las
mujeres son una práctica cotidiana en
todo el mundo. La violencia contra la
mujer tiene sus raíces en la discrimi-
nación y, a su vez, la refuerza. Se da
además frecuentemente una gran inac-
tividad de los Estados para impedir
esas situaciones denigrantes.
La tortura contra la mujer tiene sus
raíces en una cultura global que niega a
la mujer los mismos derechos que al
hombre y que legitima la apropiación
violenta del cuerpo de la mujer para
satisfacer deseos individuales o para
alcanzar fines políticos. Esas prácticas
pueden provenir de funcionarios
estatales o también de ciudadanos par-
ticulares. El hogar es, en muchos casos,
un lugar de terror. La violencia domés-
tica es un fenómeno auténticamente
global. Aunque las cifras varían en fun-
ción de los países, el sufrimiento y sus
causas son parecidos en todo el
mundo. Según un informe del Banco
Mundial al menos dos de cada 10
mujeres del mundo han sufrido malos
tratos físicos o agresiones sexuales.
El informe incluye los malos tratos de
que son víctimas las empleadas domés-
ticas (a menudo inmigrantes) en diver-
sos países, desde Arabia Saudí hasta el
Reino Unido. Denuncia igualmente la
existencia de matrimonios forzados,
incluso de niñas, en los que son fre-
cuentes las agresiones y cita los actos
violentos en nombre del 'honor'.
La tortura y los malos tratos también
menudean entre las mujeres víctimas
de trata. Esa actividad es la tercera
fuente de ingresos de la delincuencia
organizada internacional, después del
tráfico de drogas y de armas. Según la
ONU, cada año, cuatro millones de
personas son víctimas de las
redes de trata de personas.
Quienes defienden la vio-
lencia contra la mujer,
incluidos algunos
Gobiernos, han alegado en
ocasiones que hay que
respetar las costumbres y
tradiciones que desembocan
en abusos contra la mujer. A
ellos, les recordamos que los
derechos humanos deben
primar sobre la tradición.
A menudo, la policía com-
parte las actitudes de quienes
cometen actos de violencia contra la
mujer y los protege, ya sea de forma
consciente o incosciente.
Los prejuicios contra la mujer entre los
responsables de administrar justicia se
ven agravados por los problemas que
existen dentro del marco jurídico en
aspectos como la tipificación de los
delitos de violación y agresión sexual.
La tortura que infligen los soldados a
las mujeres derrotadas es una larga his-
toria de sometimiento, terror y ven-
ganza. Entre otros ejemplos, resaltar la
situación de Argelia, donde se ha
secuestrado y torturado “a cientos de
mujeres” desde 1993. “La violencia con-
tra la mujer no es un accidente de gue-
rra: es un arma de guerra”.
Amnistía Internacional pide a todos
los Gobiernos que adopten las medidas
necesarias para erradicar la violencia
contra las mujeres. En caso contrario,
tendrán un papel cómplice. Les recuer-
da que para alcanzar ese fin deben
favorecer la igualdad.