La Unión Europea se configura hoy en día como una unidad de carácter
económico y político. Por tanto, su esfera de actuación abarca ámbitos
culturales, educativos, medio ambientales, formativos, juveniles, socia-
les, etc. También aquellos relacionados con el empleo, la justicia, la fis-
calidad, etc. A su vez, todas estas esferas de actuación están relaciona-
das con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, tal como
lo explicita el tratado de Amsterdam al señalar este tema como objetivo
de la Comunidad. Este Tratado declara que la Comunidad asistirá, en to-
das sus actividades, a la eliminación de las desigualdades y al fomento
de la igualdad entre mujeres y hombres.
La Administración de la Comunidad Autónoma Vasca debe incorporar la
variable comunitaria a la planificación y ejecución de nuestras políticas,
principalmente, con dos objetivos concretos: el aprovechamiento óptimo
de los recursos comunitarios y la aportación, a través del intercambio, de
las experiencias desarrolladas en torno a las políticas de igualdad en dis-
tintos ámbitos de nuestra Comunidad, educación, empleo, participación
sociopolítica etc.
La aplicación de la máxima comunitaria sobre la necesidad de coheren-
cia de las políticas públicas a favor de la igualdad de oportunidades entre
mujeres y hombres requiere de la optimización de los recursos y de la
transmisión de las experiencias. En este sentido, la experiencia de los
planes anteriores, así como su evaluación, muestran el interés de la coo-
peración, tanto a nivel comunitario como con la Administración del Esta-
do y las demás Comunidades Autónomas, en relación con las políticas
de género.
Por otra parte, en lo referente a la incorporación de la perspectiva de gé-
nero en las políticas de cooperación al desarrollo, es de interés fomentar
y apoyar cambios de actitudes, estructuras y mecanismos en los ámbitos
político, jurídico, social y doméstico con el fin de reducir las desigualda-
des de género. Este objetivo ha sido planteado en los diferentes foros de
las Naciones Unidas, entre ellos la Plataforma para la Acción de Pekín, y
la Comunicación de la Comisión al Consejo de Ministras y Ministros y al
Parlamento Europeo sobre la integración en la cooperación al desarrollo
de los aspectos relacionados con las diferencias socioculturales entre los
sexos.
De hecho, en los últimos años se han venido intensificando las medidas
encaminadas a promover la igualdad entre mujeres y hombres como es-
trategia determinante para conseguir un desarrollo sostenible centrado
en las personas que responda eficazmente a las distintas situaciones,
condiciones y necesidades de mujeres y hombres. Sin embargo, es ne-
cesario insistir en la adecuación de los programas de desarrollo en fun-
ción de los diferentes condicionantes sociales de mujeres y hombres. Es
preciso considerar fundamentalmente los aspectos referidos al acceso a
los servicios básicos, la participación de las mujeres en la toma de deci-
siones y en el control de los recursos económicos.
En este sentido, la Declaración de Pekín expresa que: “la erradicación de
la pobreza y el avance de los países en vías de desarrollo, basado en el
crecimiento económico sostenido, en el desarrollo social, en la protec-
ción del medio ambiente y en la justicia social, requiere la implicación de
las mujeres en el desarrollo económico y social, la igualdad de oportuni-
dades y la participación plena y en pie de igualdad de mujeres y hombres
en calidad de agentes y de beneficiarias de un desarrollo sostenible cen-
trado en las personas”.
En consonancia con los dos ámbitos considerados, las medidas que se
proponen en esta área están enfocadas a dos líneas de actuación: Por
una parte a continuar el trabajo de cooperación tanto con la Comunidad
Europea como con la Administración del Estado y las Comunidades