INFORME
DE LA CUARTA CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE LA MUJER
CAPÍTULO V
Disposiciones institucionales
324. En la Plataforma de Acción se establece
un conjunto de medidas que han de dar lugar a cambios fundamentales.
Es indispensable que se adopten medidas inmediatas y responsables
a fin de lograr los objetivos para el año 2000. Su aplicación
debe estar a cargo fundamentalmente de los gobiernos, pero
depende también de una gran variedad de instituciones del
sector público, privado y no gubernamental a nivel comunitario,
nacional, subregional y regional e internacional.
325. Durante el Decenio de las Naciones
Unidas para la Mujer (1976-1985), se crearon en los planos
nacional, regional e internacional numerosas instituciones
dedicadas específicamente al adelanto de la mujer. En el plano
internacional, se establecieron el Instituto Internacional
de Investigaciones y Capacitación para la Promoción de la
Mujer (INSTRAW), el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas
para la Mujer (UNIFEM) y el Comité encargado de vigilar la
aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas
las formas de discriminación contra la mujer. Esas entidades,
junto con la Comisión de la Condición Jurídica y Social de
la Mujer y su secretaría, la División para el Adelanto de
la Mujer, pasaron a ser las principales instituciones de las
Naciones Unidas dedicadas específicamente al adelanto de la
mujer a nivel mundial. En el plano nacional, varios países
crearon o fortalecieron mecanismos nacionales de planificación,
defensa, y control de los progresos alcanzados en el adelanto
de la mujer.
326. La aplicación de la Plataforma
de Acción por las instituciones nacionales, subregionales
y regionales e internacionales, tanto públicas como privadas,
se facilitaría si hubiera transparencia, una mayor vinculación
entre las redes y organizaciones y una corriente de información
constante entre todos los interesados. También es preciso
contar con objetivos claros y mecanismos de rendición de cuentas.
Debe haber vínculos con otras instituciones en los planos
nacional, subregional y regional e internacional y con las
redes y organizaciones dedicadas al adelanto de la mujer.
327. Las organizaciones no gubernamentales
y las organizaciones de la comunidad tienen una función específica
que desempeñar en la creación de un clima social, económico,
político e intelectual basado en la igualdad entre la mujer
y el hombre. Las mujeres deben participar activamente en la
aplicación y vigilancia de la Plataforma de Acción.
328. La aplicación eficaz de la Plataforma
también exigirá la modificación de la estructura interna de
las instituciones y organizaciones, incluidos los valores,
actitudes, normas y procedimientos que se contrapongan al
adelanto de la mujer. Se debe eliminar el acoso sexual.
329. Las instituciones nacionales, subregionales
y regionales e internacionales deben contar con mandatos amplios
y claros y con la autoridad, los recursos y los mecanismos
de rendición de cuentas que se requieran para cumplir las
funciones establecidas en la Plataforma de Acción. Sus métodos
de funcionamiento deben garantizar una aplicación eficiente
y eficaz de la Plataforma. Debe existir un compromiso claro
respecto de las normas y los estándares internacionales de
igualdad entre la mujer y el hombre como base para toda la
acción.
330. Para garantizar la aplicación eficaz
de la Plataforma de Acción y promover el adelanto de la mujer
en los planos nacional, subregional y regional e internacional,
los gobiernos, el sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones
pertinentes deben apoyar una política activa y visible de
incorporación de una perspectiva de género, entre otras cosas,
en la vigilancia y evaluación de todos los programas y políticas.
A. Actividades en el plano nacional
331. Los gobiernos son los principales
responsables de la aplicación de la Plataforma de Acción.
Es indispensable contar con un compromiso al más alto nivel
político para su aplicación, y los gobiernos deben adoptar
un papel rector en la coordinación, la supervisión y la evaluación
de los progresos que se alcancen en el adelanto de la mujer.
La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer es una conferencia
de compromiso y acción nacional e internacional. Ello requiere
el compromiso de los gobiernos y de la comunidad internacional.
La Plataforma de Acción forma parte de un proceso permanente
y tiene efecto catalítico, ya que contribuirá a los programas
y a lograr resultados prácticos que beneficien a las niñas
y a las mujeres de todas las edades. Se exhorta a los Estados
y a la comunidad internacional a que acepten este desafío
estableciendo compromisos de acción. Como parte de este proceso,
muchos Estados han establecido ya compromisos de acción que
se recogen, entre otras cosas, en sus declaraciones nacionales.
332. Los mecanismos y las instituciones
nacionales para el adelanto de la mujer deben participar en
la formulación de políticas oficiales y fomentar la aplicación
de la Plataforma de Acción por medio de diversos órganos e
instituciones, incluido el sector privado, y, cuando sea necesario,
deben impulsar la elaboración de nuevos programas para el
año 2000 en esferas que no correspondan a las instituciones
existentes.
333. Debe alentarse el apoyo y la participación
de una variedad amplia y diversa de instituciones, tales como
órganos legislativos, instituciones académicas y de investigación,
asociaciones de profesionales, sindicatos, cooperativas, grupos
comunitarios locales, organizaciones no gubernamentales, incluidas
organizaciones de mujeres y grupos feministas, medios de difusión,
grupos religiosos, organizaciones de jóvenes y grupos culturales,
así como organizaciones financieras y organizaciones sin fines
de lucro.
334. La aplicación de la Plataforma
de Acción exige la adopción de medidas encaminadas a establecer
o fortalecer los mecanismos nacionales para el adelanto de
la mujer al nivel político más elevado, procedimientos apropiados
y personal para la coordinación en los ministerios y entre
ministerios y otras instituciones con el mandato y la capacidad
de ampliar la participación de la mujer e incorporar el análisis
de género en los programas y políticas. La primera etapa del
proceso para todas las instituciones debe consistir en el
examen de sus objetivos, programas y procedimientos operacionales
en función de las medidas que se piden en la Plataforma. Una
actividad importante debe ser promover la conciencia y el
apoyo del público respecto de los objetivos de la Plataforma
de Acción, entre otras cosas, por conducto de los medios de
comunicación y la educación pública.
335. En consulta con las instituciones
y organizaciones no gubernamentales pertinentes, los gobiernos
deben comenzar a formular estrategias de aplicación de la
Plataforma cuanto antes y de preferencia para fines de 1995
y deben preparar sus estrategias y planes de acción de ser
posible para fines de 1996. En el proceso de planificación
deben participar personas del más alto nivel de autoridad
gubernamental y representantes apropiados de la sociedad civil.
Las estrategias de aplicación deben ser amplias y contar con
calendarios para los objetivos y datos de referencia sobre
la vigilancia e incluir propuestas relativas a la asignación
y reasignación de recursos relacionados con la aplicación.
Cuando sea necesario, se obtendrá el apoyo de la comunidad
internacional, inclusive en materia de financiación.
336. Se debe alentar a las organizaciones
no gubernamentales a que contribuyan a la formulación y aplicación
de las estrategias o los planes de acción nacionales. También
se les debe animar a formular sus propios programas con el
objeto de complementar las actividades del gobierno. Se debe
alentar a las organizaciones de mujeres y a los grupos feministas
a que, en colaboración con otras organizaciones no gubernamentales,
organicen redes, según convenga, y a que promuevan y apoyen
la aplicación de la Plataforma de Acción por los gobiernos
y los órganos regionales e internacionales.
337. Los gobiernos deben comprometerse
a establecer un equilibrio entre el hombre y la mujer, entre
otras cosas, mediante la creación de mecanismos especiales
en todas las comisiones designadas por los gobiernos, las
juntas y otros órganos oficiales pertinentes, según proceda,
así como en todos los órganos, instituciones y organizaciones
internacionales, especialmente mediante la presentación y
promoción de candidatas.
338. Las organizaciones regionales e
internacionales, en particular las instituciones de desarrollo
y sobre todo el INSTRAW, el UNIFEM y los donantes bilaterales,
deben brindar asistencia financiera y asesoramiento a los
mecanismos nacionales a fin de incrementar su capacidad de
reunir información, establecer redes y desempeñar su mandato,
y además fortalecer los mecanismos internacionales para promover
el adelanto de la mujer, mediante sus mandatos respectivos,
en cooperación con los gobiernos.
B. Actividades en el plano subregional
y regional
339. Las comisiones regionales de las
Naciones Unidas y otras estructuras subregionales y regionales
deben alentar a las instituciones nacionales pertinentes a
que vigilen y apliquen la Plataforma de Acción de conformidad
con sus mandatos, y prestarles la asistencia necesaria. Ello
debe hacerse en coordinación con la aplicación de las plataformas
o los planes de acción regionales respectivos y en estrecha
colaboración con la Comisión de la Condición Jurídica y Social
de la Mujer, habida cuenta de la necesidad de coordinar las
actividades complementarias de las conferencias de las Naciones
Unidas en las esferas económica, social, de derechos humanos
y esferas conexas.
340. A fin de facilitar el proceso regional
de aplicación, vigilancia y evaluación, el Consejo Económico
y Social debe considerar la posibilidad de adaptar la capacidad
institucional de las comisiones regionales de las Naciones
Unidas, dentro del marco de sus mandatos, y especialmente
de sus dependencias y centros de coordinación encargados del
adelanto de la mujer, para que se ocupen de cuestiones relacionadas
con el género a la luz de la Plataforma de Acción y de las
plataformas y planes de acción regionales. Conviene que, cuando
resulte apropiado, se examine, entre otras cosas, el aumento
de la capacidad en este sentido.
341. En el marco de sus mandatos actuales,
las comisiones regionales deben integrar en sus actividades
generales las cuestiones relativas a la mujer y la perspectiva
de género y también deben examinar la conveniencia de establecer
mecanismos y procesos para garantizar la aplicación y vigilancia
de la Plataforma de Acción y de las plataformas y planes de
acción regionales. De acuerdo con sus mandatos, las comisiones
regionales deben colaborar en las cuestiones relacionadas
con el género, con otras organizaciones intergubernamentales,
organizaciones no gubernamentales, instituciones financieras
y de investigación regionales y con el sector privado.
342. Las oficinas regionales de los
organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas
deben, cuando resulte apropiado, formular y dar a conocer
un plan de acción para aplicar la Plataforma de Acción que
incluya la determinación de calendarios y recursos. En la
asistencia técnica y las actividades operacionales en el plano
regional deben establecerse objetivos claramente definidos
para la promoción de la mujer. Con tal fin, se requiere una
coordinación permanente entre órganos y organismos de las
Naciones Unidas.
343. Se debe prestar apoyo a las organizaciones
no gubernamentales de cada región en sus esfuerzos por crear
redes para coordinar las actividades de promoción y de divulgación
de información sobre la Plataforma de Acción mundial y las
plataformas o los planes de acción regionales correspondientes.
C. Actividades en el plano internacional
1. Naciones Unidas
344. Es preciso que la Plataforma de
Acción se aplique con la colaboración de todos los órganos
y organizaciones del sistema de las Naciones Unidas durante
el período 1995-2000, de forma específica y como parte integrante
de una programación más general. En el período 1995-2000 se
debe mejorar el marco internacional de cooperación en cuestiones
de género a fin de garantizar la aplicación integrada y amplia
de la Plataforma de Acción, la adopción de medidas complementarias
y las actividades de evaluación, habida cuenta de los resultados
obtenidos en las reuniones de alto nivel y las conferencias
mundiales de las Naciones Unidas. El hecho de que los gobiernos
se hayan comprometido en todas las reuniones en la cumbre
y conferencias a promover la plenitud de derechos de la mujer
en diferentes esferas exige la coordinación de las estrategias
complementarias de la Plataforma de Acción. El Programa de
Desarrollo y el Programa de Paz deben tener en cuenta la Plataforma
de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer.
4345. Se debe fortalecer la capacidad
institucional del sistema de las Naciones Unidas a fin de
que pueda desempeñar y coordinar su responsabilidad de aplicar
la Plataforma de Acción; también conviene aumentar su experiencia
y mejorar sus métodos de trabajo respecto de la promoción
del adelanto de la mujer.
346. El sistema de las Naciones Unidas
debe asignar al nivel más alto posible la responsabilidad
de garantizar que en todos los programas y políticas se aplique
la Plataforma de Acción y se integre una perspectiva de género.
347. A fin de mejorar la eficiencia
y la eficacia del sistema de las Naciones Unidas en lo relativo
a apoyar la igualdad y la promoción de la mujer en el plano
nacional y a aumentar su capacidad de alcanzar los objetivos
de la Plataforma de Acción, es preciso renovar, reformar y
revitalizar las distintas partes de ese sistema. Esto incluiría
el examen y el fortalecimiento de las estrategias y
los métodos de trabajo de los diversos mecanismos de las Naciones
Unidas para la promoción de la mujer con miras a racionalizar
y, según convenga, reforzar sus funciones de asesoramiento,
estímulo y vigilancia en relación con los órganos y organismos
principales. Se necesitan para ello dependencias especiales
que se encarguen de las cuestiones relacionadas con la mujer
y el género, pero es preciso también elaborar nuevas estrategias
a fin de impedir que se produzca una marginación involuntaria
en lugar de una inclusión efectiva del componente de género
en todas las operaciones.
348. Al aplicar las recomendaciones
de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, todas las
entidades del sistema de las Naciones Unidas interesadas en
el adelanto de la mujer deben contar con los recursos y el
apoyo necesarios para realizar actividades complementarias.
En la formulación de políticas, la planificación, la programación
y la presupuestación generales deben integrarse debidamente
a las actividades de los centros de coordinación de cuestiones
relacionadas con el género en las organizaciones.
349. Las Naciones Unidas y otras organizaciones
internacionales deben tomar medidas, de conformidad con la
Plataforma de Acción, para eliminar los obstáculos que se
oponen al adelanto de la mujer en sus organizaciones.
Asamblea General
350. En su calidad de órgano intergubernamental
superior de las Naciones Unidas, la Asamblea General es el
principal órgano encargado de la formulación de políticas
y la evaluación de cuestiones relativas a las medidas complementarias
de la Conferencia y, por consiguiente, debe integrar las cuestiones
de género en todos sus trabajos. La Asamblea debe medir los
progresos alcanzados en la aplicación de la Plataforma de
Acción, teniendo en cuenta que las cuestiones relativas a
la mujer guardan relación con aspectos tanto sociales como
políticos y económicos. En su quincuagésimo período de sesiones,
que ha de celebrarse en 1995, la Asamblea tendrá a la vista
el informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer.
Con arreglo a su resolución 49/161, también examinará el informe
del Secretario General sobre las actividades complementarias
de la Conferencia, teniendo presentes las recomendaciones
de la Conferencia. La Asamblea debe incluir las actividades
complementarias de la Conferencia como parte de su labor constante
de promoción de la mujer. Examinará la aplicación de la Plataforma
de Acción en 1996, 1998 y 2000.
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